El Subsidio que el Gobierno Peruano otorga a nivel nacional a los trabajadores, es proveniente de fondos Públicos. Esto ha originado titubeos en el momento de la entrega.
Por eso, es necesario aclarar que las empresas sólo son un conducto, de ninguna manera son propietarias, por lo que están impedidos de derivarlo a sus cuentas bancarias propias, porque entonces, por extensión , incurrirían en el delito de malversación de fondos públicos, contemplado en los artículos N° 389, 390,391 del Código Penal
Otra modalidad aplicada por los empleadores, en plan de engaño, es comunicar a sus empleados que tal subsidio tendrán que devolverlo, dando a entender que el dinero es de su pertenencia, y que es prestado . Si así lo hicieran, incurrirían en Apropiación Ilícita, contemplada en el artículo 190 del Código Penal.
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