El Despido en el Régimen Laboral Especial de Construcción Civil - ABOGADO DE DESPIDOS ARBITRARIOS Y BENEFICIOS SOCIALES

Abogado de Despidos Arbitrarios y Beneficios Sociales

Post Top Ad

Your Ad Spot

domingo, 12 de abril de 2020

El Despido en el Régimen Laboral Especial de Construcción Civil


El Régimen Laboral Especial de Construcción Civil  se rige por el Decreto Legislativo N° 727,  para que empresas del Ramo de Construcción lo usen para los trabajadores que necesitan pero por un periodo de tiempo.

En este sentido los laborantes de Construcción Civil no tienen derecho a  Estabilidad Laboral, salvo cuando la empresa no cumpla con las  normas del Decreto Legislativo N° 727, y cometan fraude a la Ley. Muchos trabajadores que supuestamente estaban en este régimen especial,  ganan juicios de Reposición , y en consecuencia obtienen estabilidad laboral,  porque resulta que su trabajo se ha vuelto permanente y no temporal.

Muchas empresas contratan así bajo el Régimen De construcción civil porque ni siquiera tienen la obligación de hacer contratos, bajo lo que explicita la ley.

No hay comentarios:

Publicar un comentario

LLAMA AHORA AL 974805975

Post Top Ad

Your Ad Spot